Comprobantes de venta

Son documentos que sustentan la transferencia de bienes y/o la prestación de servicios o cualquier otra transacción gravada con tributos, los cuales cuentan con autorización del SRI para ser emitidos:

  1. a) Facturas; Destinadas a sociedades o personas naturales que tengan derecho a crédito tributario y en operaciones de exportación.
  2. b) Notas de venta – RISE; Son emitidas exclusivamente por contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado.
  3. c) Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios; Las emiten sociedades personas naturales y sucesiones indivisas en servicios o adquisiciones de acuerdo a las condiciones previsto.
  4. d) Tiquetes emitidos por máquinas registradoras y Boletos o entradas a espectáculos públicos; Se emiten en transacciones con usuarios finales, no identifican al comprador, únicamente en la emisión de tiquete si se requiere sustentar el gasto deberá exigir una factura o nota de venta – RISE.
  5. f) Otros documentos autorizados en el presente reglamento: Emitidos por Instituciones Financieras, Documentos de importación y exportación, tickets aéreos, Instituciones del Estado en la prestación de servicios administrativos: sustenta costos y gastos y crédito tributario siempre que cumpla con las disposiciones vigentes.

 

Documentos complementarios

Son documentos complementarios a los comprobantes de venta, los siguientes:

  1. a) Notas de crédito; se emiten para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos o bonificaciones.
  2. b) Notas de débito; se emiten para cobrar intereses de mora y para recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión del comprobante.
  3. c) Guías de remisión: sustenta el traslado de mercaderías dentro del territorio nacional.